
“Big Fucking Party 2025” ¿Cargos penales por organizar un rave ilegal?
Prensa en provincia de Ciudad Real | Abogados Penalistas
- Publicado: 04-01-2025, a las 10:18h
- Revisado: 07-01-2025, a las 15:49h
- Autor: Marina Meca
EN Ciudad Real, COMUNIDAD AUTÓNOMA DE Castilla-La Mancha
- Publicado: 04-01-2025, a las 10:18h
- Revisado: 07-01-2025, a las 15:49h
- Autor: Marina Meca
"Madridiario" entrevista a nuestro Socio-Director Eduardo Simó para explicar las consecuencias legales de la rave ilegal que está teniendo lugar en Ciudad Real desde nochevieja.
Más de 5.000 personas llegados de todos los puntos de la geografía española y europea con muchas ganas de divertirse y más de 1.500 vehículos en un aparcamiento improvisado.
Una rave ilegal se define como una reunión o manifestación que se lleva a cabo sin la debida comunicación a las autoridades competentes, o que se realiza en lugares no autorizados, lo que puede constituir una infracción de la normativa sobre seguridad ciudadana. Según la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, de derecho de reunión, es necesario comunicar a la autoridad la celebración de reuniones en lugares de tránsito público, y su prohibición solo puede llevarse a cabo de forma motivada cuando existan razones fundadas de alteración del orden público (LO 9/1983 art.10)
¿Y qué consecuencias jurídicas tiene?
En primer lugar, debemos de partir de que las raves ilegales se organizan en convocatorias por redes sociales, siendo muy difícil la identificación de los promotores de la fiesta. Las infracciones relacionadas con la celebración de raves ilegales pueden clasificarse en diferentes categorías según su gravedad. Por ejemplo, la celebración de reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en infraestructuras o instalaciones donde se prestan servicios básicos para la comunidad se considera una infracción muy grave, con responsabilidad para los organizadores o promotores (LO 4/2015 art.36.23). Además, la perturbación grave de la seguridad ciudadana en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, así como la negativa a disolverse cuando se ordene por la autoridad competente, se tipifican como infracciones graves (LO 4/2015 art.36.1 y 36.7).
En caso de descubrir la identidad de los mismos, no tan solo se pueden enfrentar a sanciones administrativas sino también a la comisión de distintos delitos tales como contra el medio ambiente, en el caso de que dañen terrenos o espacios protegidos; delitos de desobediencia si ignoran órdenes de las autoridades y/o delitos de ocupaciones ilegales de terrenos siempre y cuando el titular de los mismos interponga denuncia. En el presente caso el Aeropuerto de Ciudad Real ya ha formulado la misma a esperar de resolución judicial.
Por lo tanto, los organizadores y asistentes a una rave ilegal deben ser conscientes de que su participación puede tener serias repercusiones legales, incluyendo la posibilidad de enfrentar cargos penales y sanciones económicas significativas.
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