Análsis sobre la sentencia absolutoria de Dani Alves

El TSJ de Cataluña absuelve a Dani Alves del delito de agresión sexual

El TSJ de Cataluña absuelve a Dani Alves del delito de agresión sexual

¿Por qué han absuelto al jugador brasileño Dani Alves?

Noticia en España | Abogados Penalistas

  • Autor: Lorena Pérez Losilla

EN ESPAÑA

  • Autor: Lorena Pérez Losilla

Nuestro socio director, Eduardo Simó, analiza una de las sentencias más mediáticas de los últimos tiempos: la reciente absolución del futbolista brasileño Dani Alves por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

Dani Alves había sido condenado inicialmente por la Audiencia Provincial de Barcelona a una pena de 4 años y 6 meses de prisión, tras considerar probado que el jugador había agredido sexualmente a una joven en una discoteca en diciembre de 2022.


¿Qué argumentos ha tenido en cuenta el TSJC para absolver a Alves?

Eduardo Simó detalla que el TSJC ha considerado insuficientes las pruebas presentadas para destruir el principio constitucional de presunción de inocencia del acusado. En este sentido, el Tribunal ha fundamentado su resolución en tres aspectos clave:


1. Falta de claridad y contradicciones en el testimonio de la denunciante

El TSJC señala que el relato de la denunciante presenta importantes contradicciones respecto a las pruebas objetivas aportadas, especialmente en comparación con las imágenes captadas por las cámaras de seguridad de la discoteca. Dichas grabaciones revelan situaciones muy diferentes a las descritas por la denunciante y sus amigas, las cuales manifestaron incomodidad e incluso coacciones por parte del futbolista brasileño. Sin embargo, las imágenes muestran una conversación amistosa y distendida entre las partes durante más de veinte minutos.


2. Ausencia de persistencia y coherencia en el relato acusatorio

Como indica Eduardo Simó, para que el testimonio de una víctima pueda destruir por sí mismo la presunción de inocencia del acusado, debe cumplir con requisitos de credibilidad, verosimilitud y persistencia en la incriminación. Según la valoración del TSJC, la denunciante no mantuvo un relato persistente y coherente en diferentes fases del procedimiento, lo que llevó al Tribunal a estimar que no era posible sustentar una condena únicamente sobre su testimonio.


3. Falta de indicios sólidos para sostener una condena

El Tribunal aclara expresamente que la absolución no implica necesariamente que la denunciante haya faltado a la verdad o realizado un falso testimonio, sino que las pruebas aportadas no alcanzan el nivel suficiente para superar la presunción de inocencia que protege al acusado.


Un caso abierto: recurso ante el Tribunal Supremo

La defensa, la acusación particular y el Ministerio Fiscal habían recurrido la sentencia inicial de la Audiencia Provincial por motivos diferentes. Ninguna de las partes quedó satisfecha con la resolución inicial, ya que la defensa solicitaba la absolución y las acusaciones pedían penas aún más elevadas.

Eduardo Simó recuerda que, aunque esta sentencia del TSJC ha sido absolutoria, el caso todavía no ha llegado a su fin. La acusación particular ya ha anunciado que interpondrá recurso de casación ante el Tribunal Supremo, por lo que todavía podrían producirse nuevos capítulos en esta compleja causa judicial.


La importancia del respeto al principio de presunción de inocencia

Este caso, vuelve a poner en relieve la importancia del principio de presunción de inocencia en nuestro sistema penal. Se trata de un pilar fundamental que exige que cualquier condena esté sustentada en pruebas sólidas y concluyentes que no dejen lugar a dudas razonables sobre la culpabilidad del acusado.

Desde Simó Abogados seguiremos atentos a la evolución de este caso y a todas las implicaciones jurídicas y sociales que se deriven del mismo, siempre comprometidos con la defensa rigurosa de los derechos fundamentales.