Delitos Contra la Administración Pública

Defensa en Delitos de Corrupción y Cohecho

Aborda delitos cometidos contra la administración pública, como la corrupción, el cohecho, la prevaricación y el tráfico de influencias

Simó Abogados

El delito de prevaricación se encuentra regulado en el Título XIX del Código Penal, el cual trata los delitos contra la Administración pública. Más concretamente, se localiza en el Capítulo I, entre los arts. 404 y 406 CP.

Como presupuesto necesario para que se desencadene el tipo penal es que debe existir:

  • Una resolución administrativa, expresa o tácita.
  • La arbitrariedad ha de ser grave y objetiva, suponiendo una incompatibilidad notoria y manifiesta entre la resolución y lo que establezca la normativa.
  • La jurisprudencia matiza que dicha contradicción tiene que ser grosera, notable, flagrante, clamorosa, o que desborde la legislación vigente.
  • La citada resolución ha de ser dictada a sabiendas de su injusticia, es decir, teniendo conciencia y voluntad de dictar una resolución arbitraria.

El delito de cohecho se encuentra regulado en el Título XIX, el cual trata los delitos contra la Administración Pública. Más concretamente, se localiza en el Capítulo V, reglado por los arts. 419 y 427 CP.

El bien jurídico que se ve afectado por este tipo de hecho punible es el respeto que un trabajador público le debe al funcionamiento de los órganos del Estado.

Cabe destacar dos modalidades:

  • Cohecho activo. Se castiga con la misma pena que al funcionario público a:
    - Los particulares que entreguen dádivas a los funcionarios para lograr que éstos actúen irregularmente.
    - Los particulares que accedan a entregar dádivas al funcionario para que éste se corrompa.

  • Cohecho pasivo. Se sancionan las dádivas a cambio de realizar alguna de las siguientes actividades:
    - Actos contrarios a los deberes inherentes al cargo o función.
    - No realizar o retrasar sin justificación alguna el cumplimiento de actos que debieran ser desarrollados por la autoridad o funcionario en cuestión.
    - Acto propio de su cargo, según el artículo 420 del Código Penal.
    - Recibir una dádiva entregada en consideración al cargo o función del destinatario.

El delito de malversación de caudales públicos se encuentra regulado en el Título XIX, el cual trata los delitos contra la Administración de Pública. Más concretamente se localiza en el Capítulo VII, entre los arts. 432 y 435 CP.

Encontramos las siguientes conductas típicas:

  • Delito de administración desleal y apropiación indebida de patrimonio público (art. 432 CP).
  • Delito de falsificación de contabilidad, facilitación de información (art. 433 bis CP).
  • Delito de malversación impropia (art. 435 CP).
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Javier Saez
hace 2 meses
"Muy buen trabajo . Buenos profesionales"

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