
El denunciante, una empresa conocida en el sector sanitario, interpuso una denuncia ante la Guardia Civil en el año 2021 en la que ponía de manifiesto que habían sido sustraídas de un hospital centenares de cajas de guantes de n
Caso en provincia de Cuenca | Abogados Penalistas
Especialidad de Delitos Económicos- Publicado: 08-02-2024, a las 13:00h
- Revisado: 10-11-2024, a las 23:00h
- Autor: Marina Meca
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EN Cuenca, COMUNIDAD AUTÓNOMA DE Castilla-La Mancha
- Publicado: 08-02-2024, a las 13:00h
- Revisado: 10-11-2024, a las 23:00h
- Autor: Marina Meca
El denunciante, una empresa conocida en el sector sanitario, interpuso una denuncia ante la Guardia Civil en el año 2021 en la que ponía de manifiesto que habían sido sustraídas de un hospital centenares de cajas de guantes de nitrilo.
Durante la investigación policial, identificaron dos perfiles en Wallapop que ofrecían guantes de nitrilo de dicha marca, aparentemente propiedad del centro hospitalario denunciante. Como medida, decidieron que personas no vinculadas al centro realizaran dos compras físicas. Los vendedores resultaron ser dos hombres, entregando dichas mercancías en dos calles distintas de Madrid.
Después de llevar a cabo diligencias policiales, se identificó nuestros dos clientes como los presuntos responsables, quienes fueron interrogados. Uno de nuestros clientes admitió haber vendido el material en Wallapop, alegando que lo compró a dos individuos en una cafetería por 400 € y lo vendió por 800 €, sin saber que los productos eran robados. Además, afirmó que vendía varias marcas, no solo la denunciada.
La otra investigada, por su parte, aclaró ser peluquera pero propietaria del número de teléfono relacionado en las actuaciones. Indicó que no fue ella sino su esposo quién vendió el material en Wallapop por 800 €, sin tener conocimiento de que los productos habían sido robados.
Habiendo transcurrido el tiempo establecido en el art. 324 LECrim para la práctica de diligencias de prueba y sin haberse prorrogado el plazo, reconociendo los investigados que realizaron esas ventas pero sosteniendo que obtuvieron el material de terceras personas, y no existiendo evidencias que sugiera que los mismos sustrajeron el material para luego venderlo, se acordó el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones al no haber indicios suficientes para continuar con el procedimiento.
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